en virtud de lo antes expuesto este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECRETA LIBERTAD PLENA al Ciudadano PEDRO MANUEL MENA TORRES, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, Titular de la Cédula de Identidad N° 17.416.025, hijo de Graciela de Mene y Manuel Mene, residenciado en Barrio Negro Primero calle 30 casa N° 3B-07 cerca del Abasto Vanesa de esta ciudad Teléfono N° 0261-7321173. Concluyó el acto siendo las 2:40 PM. Se registró la presente decisión bajo el No. 1321-03. Se ofició al Director del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite bajo el No. 1661-03. Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades de Ley, quedando notificadas las pa.....