Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, la presente demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por las ciudadanas JOSEFA BRITO y MERALIS G. BELLO, actuando en su caracteres de apoderadas judiciales del ciudadano CARLOS RAFAEL MUGNO URBINA, en contra de la Sociedad Mercantil MAPFRE SEGUROS. Y de la revisión minuciosa del escrito presentado se observa que la misma no dio cumplimiento con lo requerido por este Tribunal. Archívese el expediente. Asimismo se ordena la devolución de los documentos originales a la parte actora.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia debidamente certificada a los fines indicados en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dado, Firmado en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Pr.....