Se condena al acusado: IVAN ENRIQUE MENDEZ, por el procedimiento especial de admisión de los hechos, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA SENTENCIA CONDENATORIA, por la comisión del delito de SECUESTRO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión en concordancia con el artículo 10 ordinales 8, 12, 16 ejusdem; PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y OCULTAMIENTO DE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, cometidos en perjuicio del ciudadano ANTONIO BANFI BALZARANO, EL ORDEN PUBLICO y EL ESTADO VENEZOLANO, respectivamente, y lo CONDENA a cumplir la pena de VEINTICINCO (25) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISION MAS LAS ACCESORIAS DE LEY DE CONFORM.....