"...este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Transito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA, al ciudadano Prefecto del Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta, y al ciudadano Registrador Principal del Estado Nueva Esparta, hacer la debida Nota Marginal en las Partida de Nacimiento de la ciudadana FATIMA CONCEPCION RODRIGUEZ BRITO, que el nombre correcto de su padre es "REINO MARGARITO RODRIGUEZ" y no "MARGARITO RODRIGUEZ", la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimiento correspondiente al año 1971, bajo el Nro. 141, folio vuelto del setenta y uno 71 de los libros de Registro Civil de nacimientos, Y ASI SE DECIDE..."