Decisiones del dia 02/07/2015
N° Expediente :
0385
N° Sentencia :
Fecha: 02/07/2015
Procedimiento: Accion Merodeclarativa De Certeza De Propiedad
Partes: MATA JOSÉ RAMÓN
Resumen:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero De Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción mero declarativa de propiedad del Separador Horizontal Portátil Bifásico (Petróleo y Gas) 1320 PSI, Tipo 14-230, serial Nº MFG-5059 instaurada por JOSE RAMON MATA.
SEGUNDO: Se declara la plena propiedad del ciudadano MATA JOSÉ RAMÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.242.717, hábil y de este domicilio, sobre el Separador Horizontal Portátil Bifásico (Petróleo y Gas) 1320 PSI, Tipo 14-230 con las siguientes características: SERIAL Nº MFG- 5059, compuesto o constituido por un Vaso Cilíndrico Metálico Horizontal ID:
76,20 CM (30") X 365,75 CM (12") LONG, Montado sobre soporte en Skid Metálico: 5,50 m x 2,75 m x.....
Juez/Ponente:
Karen Katherine Moretti Valdez
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño.
N° Expediente :
31.808
N° Sentencia :
Fecha: 02/07/2015
Procedimiento: Nulidad De Asiento Registral
Partes: ORLANDO RAMÓN MAESTRE MATA Y ROISA QUIJADA/INÉS MARÍA LÓPEZ
Resumen:
Por lo que la falta e inobservancia de las obligaciones de estos defensores respecto de los actos fundamentales del proceso como lo son por ejemplo, la contestación de la demanda, no puede generar la consecuencia de la confesión ficta.
A tal efecto, establece en su primer aparte, el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil:
"Los Jueces procurarán la estabilidad de los juicios, evitando o corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal" , y establece el artículo 207 ejusdem, "que la nulidad de los actos aislados del procedimiento no acarreará a de los demás anteriores, ni consecutivos, independientemente del mismo, sino que dará lugar a la renovación del acto dentro de un término que fijará el Tribunal, siempre que la causa estuviere en la misma instancia en que haya ocurrido el acto irrito", es por lo que este Juzgado en un todo de acuerdo con las normas mencionadas, REPONE LA CAUSA al estado de que se designe nuevo Defensor Judicial, el cual se hará por auto .....
Juez/Ponente:
Arturo Luces Tineo
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil