: SOBRE EL PRIMER PARTICULAR: El Tribunal deja constancia por haberlo constatado que en el inmueble objeto de la presente inspección Ocular su interior se encuentra totalmente libre, es decir, desocupado y en estado de abandono. SOBRE EL SEGUNDO PARTICULAR: El Tribunal deja constancia por haberlo constatado que en el interior del inmueble donde se encuentra constituido no se encuentra ningún bien mueble, línea blanca o enseres, a excepción de una Campana, marca KITCHEN MAID, sin serial visible, adherida al gabinete de cocina. Se declara concluido el presente acto, siendo las doce y quince minutos de la tarde. - Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.