DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE NULIDAD, interpuesto por la sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A.
SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD DE LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA número PA-US-Z-080-2011, de fecha 23 de junio de 2011, dictada por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a través de Dirección Estatal de Salud de los Trabajadores, en la cual declararon Con Lugar la Propuesta de Sanción en contra de la empresa BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A.
TERCERO: NO SE CONDENA EN COSTAS, dada la naturaleza del fallo.