Este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara:
1) Como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del DE CUJUS PETER JAN KUIPER SPINETTI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.822.052, de este domicilio, a la ciudadana JOHANNA CAROLYN KUIPER QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 17.089.489, domiciliada en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 129.077, siendo esta hija del De-cujus. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas.
2) Se declara terminado el presente procedimiento, ordenándose la expedición de copias certificadas, que deberán ir al archivo de este tribunal.
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