DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE LA MEDIDA SOLICITADA (DESTACAMENTO DE TRABAJO) a los penados GERVI ANTONIO ARRIA VENTURA, titular de la cédula de identidad N° V-21.487.466, Venezolano, natural de Maracaibo, mayor de edad, soltero, fecha de nacimiento 12-12-85, Herrero, hijo de Yoleida Ventura y Daniel Arria, con domicilio en el barrio las Mercedes, calle Principal, casa s/n, vía la Concepción, Municipio Jesús Enrique Losada del Estado Zulia, y DANIEL SEGUNDO ARRIA VENTURA, titular de la cédula de identidad N° V-17.415.561, Venezolano, natural de Maracaibo, mayor de edad, soltero, fecha de nacimiento 08-04-83, Herrero, hijo de Yoleida Ventura y Daniel Arria, con domicilio en el barrio las Mercedes, calle Principal, casa s/n, vía la Concepción, kilometro 14, Municipio J.....