Por tal motivo, este Despacho Judicial siguiendo los lineamientos expuestos en Sentencia Nro. 00566 dictada en fecha 2 de marzo de 2006, caso: Agencias Generales Conaven, S.A., reiterados en fallos Nros. 00622 y 01574 de fechas 6 de junio y 20 de diciembre ambos del año 2012, casos: Intershipping, C.A. y C.E. Minerales de Venezuela, S.A., respectivamente, constata que: (i) el fallo consultado puso fin al juicio contencioso tributario incoado por el ciudadano Rubén Darío Adrianza Gómez; (ii) en cuanto a la cuantía de la causa, se observa que en la presente se trata del comiso de un vehículo, el cual tiene un valor comercial que excede sobradamente las quinientas unidades tributarias (500 U.T.) exigidas como elemento cuantitativo y, (iii) que el fallo objeto de consulta declaró con lugar el recurso contencioso tributario, declarando en consecuencia, la nulidad absoluta de los actos administrativos impugnados, resultando vencida la Administración Tributaria, razones por las que procede la.....