Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los ciudadanos ANICARLIS EMMA OTAIZA RAMOS y JOSÉ ALEXANDER MEDINA TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.768.702 y V-8.895.023 respectivamente, domiciliados en el Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, representados por sus Apoderados Judiciales, Abogados MAYRELIS REYES DE VALERIO, ELIZABETH PIÑA S. y WILLIAM JOSÉ CABRERA ÁÑEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 96.838, 35.320 y 40.981, respectivamente. Ofíciese a los organismos respectivos de esta decisión.