En el día hábil de hoy, 2 de Junio de 2011, habiéndose celebrado el día 26/05/11 la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se dejó constancia de que se encontraba presente la parte actora representada por los apoderados judiciales abogados Javier Rojas Marquina y Josefina Baralt. El Tribunal dejó constancia de la no comparecencia la Audiencia Preliminar de la parte demandada, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Ahora bien, en vista de la incomparecencia de la parte demandada a la primigenia audiencia preliminar, analizamos en primer lugar, el contenido del artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que textualmente expresa:"...Si el demandado no compareciere a la audiencia preliminar, se presumirá la admisión de los hechos alegados por el demandante y el tribunal sentenciará en forma oral conforme a dicha confesión, en cuanto no sea contraria a derecho la petición del demandante, reduciendo la sentencia a un acta que elaborará el mismo día, contra la .....