DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO UNIPERSONAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONDENA, al ciudadano RAFAEL RAMON PIRELA TORRES, de nacionalidad venezolano, lugar y fecha de nacimiento: Maracaibo, Estado Zulia, 30-12-79, edad: 26 años, estado civil: CASADO, profesión u oficio: Zootecnista, portador de la cedula de identidad No. V-14.697.243, hijo de Rafael Pírela Leal y de Hilda Torres de Pírela, y residenciado en Urbanización Canta Claro, avenida 11 C, No. 52-216, Maracaibo, Estado Zulia, como autor del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, tipificado en el ordinal 2° del Artículo 420 del vigente Código Penal, en relación con el artículo 415 ejusdem, en concordancia con el ordinal 4° del artículo 74 del Código penal, en perjuicio de las ciudadanas VIDALINA VELASCO GONZALEZ Y BETZAIDA VELASCO .....