Por todo lo anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, DECLARA CON LUGAR la revisión y sustitución de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, que pesa en contra del Ciudadano ARMANDO JOSE SALAZAR ORTIZ, plenamente identificado en autos, por una menos gravosa para él y en consecuencia le impone a dicho imputado la obligación de Presentarse cada Quince (15) días por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, Prohibición de ausentarse sin Autorización de la Jurisdicción del Estado Nueva Esparta; presentar Caución Personal, mediante la presentación de Dos (2) fiadores de reconocida buena conducta, responsables, que estén domiciliados en esta Jurisdicción y que posean ingresos promedios mensuales de por lo menos Dos (2) salarios mínimos; así como presentarse a cualquier acto del proceso para el cual sea requerido por el Tribunal previa notificación, con la.....