DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho MIRILENA ARIZA, Defensora Pública Trigésimo Séptima Penal Ordinario para la Fase de Proceso, adscrita la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, en su carácter de defensora del ciudadano LUIS ALBERTO ALMARZA BADELL, titular de la cédula de identidad N° V- 23.450.363.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 141-2024, dictada en fecha 14 de marzo de 2024, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.