PRIMERO: Le imparte su homologación al acuerdo transaccional celebrado en fecha 26.04.2022, por las ciudadanas AUDREY BENIGNA CEDEÑO SOLANO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad N° V-14.055.130, e inscrita con el Inpreabogado bajo el N° 93.351, en su carácter de apoderada judicial del INSTITUTO EDUCACIONAL NUEVA ESPARTA, por una parte y por la otra la ciudadana MAYAYCE COROMOTO GOMEZ TRUJILLO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad N° V-16.545.235, en su carácter de parte demandada, debidamente asistida por el abogado ALBERTO PEREZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en le Inpreabogado bajo el N° 192.612, conforme a lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente en su oportunidad.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 282 del Código de P.....