DISPOSITIVO
Por todos los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
• PRIMERO: INADMISIBLE la acción de DIVORCIO presentada por los ciudadanos NESTOR LUIS MOTA MARTINEZ y ELENA DEL CARMEN ORTIZ PALENCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Números V-10.599.090 y 10.088.017, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio ANTONIA SUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Numero 153.869, todos de este domicilio.
• SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS en virtud del dispositivo del fallo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Déjese Copia Certificada por Secretaria de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el articulo 248 de.....