este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, visto el acuerdo contenido en el Acta de la Prolongación de la Audiencia Preliminar de fecha 24 de abril de 2018 y visto que fueron consignadas la autorización por escrito de la Procuradora General del estado Bolivariano de Nueva Esparta y de la máxima autoridad del organismo demandado, ciudadano Gobernador del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, por cuanto el acuerdo celebrado no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO CELEBRADO ENTRE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándose por concluido el presente proceso. Asimismo, vista la solicitud de copia certificada formulada, este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, y ordena expedir por Secretaría las copias certific.....