En nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, este JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: 1.- HOMOLOGA, por lo que le atribuye el carácter de cosa juzgada, el desistimiento manifestado por la parte demandante, del Recurso Extraordinario de Casación interpuesto contra la decisión dictada por este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 20 de mazo de 2017. 2.- NO HAY CONDENATORIA en costas procesales por la naturaleza del fallo aquí dictado. 3.- REMITASE EL PRESENTE EXPEDIENTE DE MANERA INMEDIATA AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA RESPECTIVO.