este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos: ALIDA DEL CARMEN MORALES DE FERRER, ERWIN ENRIQUE FERRER MORALES, EZEWIN JOSE FERRER MORALES y ECIRMARI DEL CARMEN FERRER MORALES como Únicos y Universales Herederos de la causante EZEQUIEL ENRIQUE FERRER MENDEZ.- ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y acompañados de dos (2) juegos de copias certificadas a solicitud de las partes expedida por secretaria. Así mismo déjese copia certificada de la presente causa en este despacho.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Encontrados a los dos (02) días del mes de mayo del año dos mil trece-Años 203° de la Independencia y 154° de la Federacion.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-......