Es por lo que esta Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, DECLARAR: PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud incoada por la ciudadana MARLIN ROXANA SALAZAR NARVAEZ, titular de la cédula de identidad No. 13.772.536, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Orlando Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.123.383.