Por los razonamientos expuestos en líneas pretéritas, conforme a Ley y a la sana critica y libre convicción que ha asumido este operador de justicia, este Tribunal Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA:
1).- PROCEDENTE la solicitud formulada por el Profesional del Derecho ORLANDO FARÍAS, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del actor ciudadano CARLOS ALBERTO LEAL ROMERO, en el presente juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO y COBRO DE BOLÍVARES mediante el procedimiento oral incoara el referido ciudadano contra la sociedad mercantil SEGUROS NUEVO MUNDO, C.A. En consecuencia, quedan corregidos los errores materiales en los que se incurrió en la sentencia de fecha Veintinueve (29) de Abril de 2008 y rectificado el Dispositivo del fallo, quedando configurado de la siguiente manera:
¿ PRIMERO: CON LUGAR el a.....