ÚNICO: ADMISIBLE LA INHIBICIÓN planteada por la profesional del derecho YESSIRE LEINS RINCÓN PERTUZ, en su condición de Jueza del Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual se inhibe del conocimiento del asunto penal signado por la Instancia con el alfanumérico 4C-2373-25 conforme a la causal establecida en el numeral 4° del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.