Esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana RAZUDD SAABELEN ZAMBRANO DE ZERPA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.172.459; a favor del adolescente antes mencionado. SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana RAZUDD SAABELEN ZAMBRANO DE ZERPA, antes identificada, para que acuda ante la autoridad competente, a realizar el trámite necesario tendente a la tramitación y obtención del RIF que requiere el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY),. Certifíquese copias de las presentes actuaciones y entréguese a la solicitante. Cúmplase .....