DISPOSITIVO:
En razón de lo antes expuesto, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA ADMISIÓN DE LA CONSIGNACION DE CANON DE ARRENDAMIENTO DE UN INMUEBLE DE OCUPACION FAMILIAR, formulada por el Ciudadano HENDRICK JOSE GUERRA CHAVEZ, Abogado en ejercicio, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número 10212381, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 60.182 de este domicilio, actuando en nombre y representación de la ciudadana CECILIA SARMIENTO DE SANTANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 4.741.999, domiciliada en el Municipio cabinas del estado Zulia.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRC.....