DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de sustitución de Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, presentada por el abogado en ejercicio EURO RAMON CARRILLO, en su carácter de defensor del ciudadano acusado GUSTAVO LEON CACERES, y en consecuencia, SEGUNDO: RATIFICA y MANTIENE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, dictada en contra del ciudadano antes mencionado, así como en contra de los acusados GUSTAVO LEON CACERES, FREDDY LUIS GONZALEZ AMAYA, ALFREDO ROLANDO MARTINEZ GAMA, ANGEL JAVIER DIAZ PORTILLO y JAIRO ROMERO GOMEZ, en fecha 29 de mayo de 2009, por el Juzgado Décimo en funciones de Control del Circuito Judicial Penal Estado Zulia, a quien se les sigue proceso penal por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Contra el trafico y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR EN GRUPO ESTRUCTURADO DE DELINCUENCIA ORGANIZ.....