En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada por la ciudadana CAROLINA MAZZOCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.203.006, contra los ciudadanos ANTONIO CARABALLO y JUSTINO CARABALLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 10.223.342 y Nº 4.299.440 respectivamente.
SEGUNDO: Se ordena a los ciudadanos ANTONIO CARABALLO y JUSTINO CARABALLO, ya identificados, la entrega a la parte actora del inmueble arrendado consistente en un terreno ubicado en la calle Arismendi de la ciudad de Porlamar, al lado del Hotel Tino, del Municipio Mariño del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, libre de personas y bienes y en el mismo buen estado en que lo recibieron.
TERCERO: Se condena a los ciudadanos ANTONIO CARABALLO y.....