1°) HA LUGAR LA CONSULTA LEGAL de la sentencia proferida en fecha 30 de abril de 2010 en la presente causa por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2º) SE REVOCA el fallo sometido a consulta. 3º) REPONE la causa al estado de que el tribunal de sustanciación, mediación y ejecución, previa notificación personal de la Junta Liquidadora de la empresa CVA LÁCTEOS S.A., proceda a celebrar la audiencia preliminar. 4°) NO HAY ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO EN CUANTO A CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES, dado el carácter repositorio de la decisión y la naturaleza de la consulta.