En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara formalmente embargado ejecutivamente el bien inmueble anteriormente señalado, descrito, identificado, alinderado y avaluado, y hasta por la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 25.000,oo), consumada así la desposesión jurídica y hace entrega del mismo al Depositario Judicial Provisional a los efectos de su guarda y custodia. Ofíciese al Registro Inmobiliario correspondiente, participando lo conducente. En este estado, presente el demandante en procuración, ya identificado, expuso: "Solicito al Tribunal se sirva remitir las presentes actuaciones al Juzgado de la Causa. Es todo". Vista la anterior exposición el Tribunal provee de conformidad con lo solicitado y se ordena remitir el pr.....