Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO 185-A formulada por la ciudadana MARLENE DEI, CARMEN HERRERA contra el ciudadano JOSE SACRAMENTO PIRELA OCHOA, ambos identificados. En consecuencia, QUEDA VIGENTE Y EN TODO SU VIGOR EL MATRIMONIO que dichos ciudadanos habían contraído el día 04 de diciembre de 1.975, por ante la Intendencia de Seguridad Parroquial del Municipio San Francisco del Estado Zulia; según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio No 522, la cual corre agregada a las actas acompañada en su escrito por la solicitante, Y ASI SE DECLARA. -