DISPOSITIVO
En consecuencia y con mérito a los argumentos antes señalados este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR. Sobre el bien inmueble constituido por una vivienda clase A, signado con el Nº (B-15), Primera Etapa de la Urbanización PALERMO NORTE, situado en el Sector Santa Rosa de Tierra, en Jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. La cual tiene un area de construcción de CIENTO DIEZ METROS CUADRADOS (110 mts2), edificada sobre una parcela de terreno propio, identificada con el numero B-15, tiene un área de construcción aproximadamente de CIENTO OCHO METROS CUADRADOS CON ONCE DECIMETROS CUADRADOS (108,11 mts2). Comprendido dentro los siguient.....