III.- Por los fundamentos antes expuestos
Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO, presentada, y en consecuencia queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos DORIS DEL CARMEN TRUJILO GUERRA y JOSE BARTOLOME RAMON DI PIERRO LAGUNA, plenamente identificados en actas y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día catorce (14) de septiembre de Mil novecientos ochenta y cuatro (1984), lo, por ante el Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Autónomo de Maracaibo del Estado Zulia, Acta No. 688. Dejándose constancia expresa que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que durante la unión matrimonial no procrearon hi.....