Por los fundamentos expuestos, este Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la partición amigable de bienes habidos en la comunidad concubinaria, solicitada por los ciudadanos ADELIS ALFONSO RAMOS NOGUERA y MILADIS DEL VALLE HERNÁNDEZ CORTESÍA, anteriormente identificados, asistidos por el abogado NELSON RAMOS MONTILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 62.448. Ofíciese, de acuerdo a lo solicitado, a la Sociedad Mercantil MAERSK DRILLING DE VENEZUELA, C.A., ubicada en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a los efectos de que calcule y entregue a la ciudadana MILADIS DEL VALLE HERNÁNDEZ CORTESÍA, la cantidad de dinero correspondiente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las indemnizaciones sociales, retroactivos, fideicomisos, intereses de fideicomiso y prestaciones sociales que posee el ciudadano ADELIS ALFONSO RAMOS NOQUE.....