En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSÉ ALBERTO FEREIRA CUMARE, ya identificado, a la ciudadana CARMEN EMILIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 6.200.608, en su condición de esposa según acta de matrimonio consignada y los ciudadanos MARYOLIS CAROLINA FEREIRA MENDEZ y LUIS ALBERTO FEREIRA RODRIGUEZ, en su condición de hijos, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS conforme lo prevé el antes trascrito Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse las actuaciones en originales a la parte interesada, previa certificación de los mismos en actas.