DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda OTORGAR, a la penada DIONICIA BAEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.327.132, venezolana, natural de Cojoro, Estado Zulia, de 71 años de edad, de oficios del hogar, hijo de Josefina Baez y no recuerda el nombre del progenitor, residenciado en Caserío Palo I de la Parroquia Ricaurter del Municipio Mara, entrando por la Playa Los Coquitos, calle mi refugio, en una vivienda de material de concreto pintada de color verde y rosado, la LIBERTAD CONDICIONAL, como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, de conformidad con dispuesto en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Artículo 48 del Código Penal, en consecuencia, CESA la custodia policial prestada a la mencionada ciudadana.- Regístrese la presente decisión. Ofíciese .....