Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Tercero en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, OTORGA EL PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL, POR SER PROCEDENTE, al penado OSCAR DARIO RAMOS, titular de la cedula de identidad N° V-22.080.174, venezolano, natural de la Concepción Estado Zulia, en virtud de que el mismo cumple con todos los requisitos que establece el artículo 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento, para que dicho permiso pueda otorgarse. Regístrese la presente Resolución en el libro respectivo, notifíquese a Centro de Tratamiento Comunitario "Insp. Rafael Antonio Ochoa Castro", haciéndole del conocimiento que este Tribunal otorgó el Permiso solicitado y remitiendo Boletas de Notificación al penado. Notifíquese al Ministerio Público y a la Defensa, a los fines legales consiguientes.
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN,
DR. JESÚS ENRIQUE RINCÓN. .....