En virtud de todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley deja ACLARADA la sentencia proferida por este Juzgado en fecha 20 de Noviembre de 2008, teniéndose la presente decisión como parte de la sentencia antes citada.-