Por los fundamentos anteriormente expuesto y cumpliendo con la obligación de garantizar la finalidad del proceso que establece el Artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal este Juzgado Noveno de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley Acuerda librar ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano JOSE FRANCISCO GONZALEZ, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 16.186.020, natural de Maracaibo Estado Zulia, el 04-12-1981, de 23 años de edad, de profesión u oficio buhonero, hijo de Natalia Rosa González y José Francisco Vargas Mendoza, domiciliado en el Barrio San Benito II, calle 79 D, casa N° 79-117 Maracaibo Estado Zulia, a quien se le sigue causa signada con el N° 9M-070-05, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el articulo 408 ordinal 2º hoy 406 ordinal 2º del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano RE.....