Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesto en fecha 24 de abril de 2014, por el profesional del derecho JOSÉ FELIX COLINA DELGADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 2.433, actuando como apoderado judicial de la parte actora - reconvenida, contra la decisión proferida por el Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 21 de abril de 2014.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 21 de abril de 2014, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, siguen los ciudadanos VLADIMIR JOSÉ REAÑO ESTUPIÑ.....