DISPOSITIVO
Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos MONICA JOSEFINA RINCON DIAZ y CARLOS AUGUSTO ARENAS ESTRADA,venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.862.111 y V-7.723.507, respectivamente, la primera domiciliada en los Estados Unidos de América y el segundo en Panamá, que contrajeron matrimonio civil por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal y como consta en Acta de Matrimonio Nro. 211.
Publíquese. Regístrese. Incluso en el sitio web del Tribuna.....