Con fundamento en todo lo antes expuesto este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACIÓN, anunciado por el ciudadano JULIO CÉSAR MARCANO, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 36.966, presentada en fecha Veinticinco (25) de Septiembre de 2018, en contra de la sentencia dictada por este Juzgado, en fecha Trece(13) de Agosto de 2018; de conformidad con lo establecido en el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de que no se encuentran satisfechos todos los requisitos establecidos para la admisibilidad del Recurso de Casación.
Publíquese, Diarícese, regístrese, déjese copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y líbrese oficio de remisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho d.....