, este Juzgado, en base a la Tutela Judicial Efectiva, a los Artículos 26 y 49 nuestra carga magna, declara consumado dicho desistimiento y le dá el carácter de cosa juzgada, en consecuencia:
1) Se ordena agregar a las actas las copias fotostáticas de las planillas de depósitos bancarios consignadas por el actor.
2) Se suspende la medida de embargo ejecutiva decretada por este Tribunal y practicada por el Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaiabo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de esta Circunscripción Judicial, en fecha 20 de septiembre de 2012, sobre el vehículo automotor, marca: Jeep, modelo-tipo: Cherokee Limited Auto 4x4, modelo-año: 2009, color: plata brillante, uso: particular, serial de carrocería: Nº 8Y4GL58K191506999, serial de motor: 6 cil., peso: 1.915 Kg., capacidad: 5 puestos, placas: Nº AB922OM.
3) Se ordena Oficiar a la Depositaria Judicial Santa María, C.A., a los fines que entregue el vehículo antes identi.....