Por los fundamentos expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal solicitado en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, intentara BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. en contra de los ciudadanos SUSANA DEL VALLE HINESTROZA ROMERO, GILBERTO HINESTROZA MENDEZ y ALEIDY ELINA ROMERO DE HINESTROZA, identificados en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, homologa la presente transacción, dándole el carácter de cosa juzgada y se abstiene de archivar el expediente.-
B) No hay condenatoria en costas por tratarse de una transacción entre las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia certificada por secretaria de conformidad con el Artículo 248.....