Seguidamente el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, participa al notificado que en fecha 28 de Septiembre de 2012, se ejecuto medida de embargo preventivo, decretado por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, en la sede de la Empresa Pequiven SA, sobre las cantidades de dinero que le pueda corresponder al ciudadano EUDIO ENRIQUE CRESPO, por vía de pago judicial o extrajudicial, transacción judicial o extrajudicial, convenimiento, acuerdo entre las partes o las cantidades que acuerde el tribunal en sentencia judicial o arroje cualquier experticia complementaria del fallo a favor del intimado antes identificado, hasta cubrir la cantidad de TRESCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE BOLIVARES CON 33/100 (Bs 317.227,33), quien es parte demandante en expediente N° VH21-L-2003-000305, llevado por .....