DISPOSITIVA: Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a al ciudadano ALVARO JOSE RAMIREZ PEROZO, Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento: 10/10/1968, de 41 años de edad, Soltero, de profesión u oficio Buzo, Titular de la Cédula de Identidad No. 10.449.855, hijo de MAGALY PEROZO y ALVARO RAMIREZ, y residenciado en LA URBANIZACIÓN CASA BOTE, SECTOR A, CASA 10ª, FRENTE A PDVSA, ciudad PUERTO LA CRUZ, estado ANZOATEGUI teléfono: 0414-8606206, por la presunta comisión de los delitos de ESTAFA AGRAVADA, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR y SIMULACION DE HECHO PUNIBLE, previstos y sancionados en los artículos 462 del Código Penal en su último aparte, y los artículos 6 y 16 numeral 3 de.....