El Abogado JOSE GREGORIO UZCATEGUI, Juez Temporal del Juzgado del Municipio Cedeño de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Por todas las consideraciones que anteceden y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil y en atención a lo establecido en el Artículo 185 A del Código Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos YSAIDE ANTONIO RIVAS Y GRICELIDA RIVERO y en consecuencia se Declara DISUELTO el vinculo matrimonial que los unía el cual se celebró en fecha 09/03/1984 por ante el Juzgado del Municipio San Felix, Distrito Cedeño del Estado Monagas. En cuanto a lo relativo a los bienes de la Comunidad conyugal, este Tribunal, no tiene materia por la cual pronunciarse, en virtud de que las partes manifestaron no haber adquirido ningún bien. Dado. Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Juzgado del Mu.....