PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada BEATRIZ SALAZAR, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de este Estado en fecha 1-7-2004.
SEGUNDO: Declara la Prescripción de la Acción intimatoria introducida por CAT MARINO, C.A., en contra del ciudadano JOSÉ APOLONIO ZABALA ZABALA, y en consecuencia, nula y sin ningún efecto todas las actuaciones que se desarrollaron durante el trámite de esta causa. En consecuencia, extinguido el proceso.
TERCERO: Queda revocada la sentencia apelada, dictada en fecha 1-7-2004 por el Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de este Estado.