Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMACIÓN, fue incoado por la sociedad mercantil INVERSIONES PEMILCA, C.A., debidamente inscrita por ante el para ese entonces, Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 24 de noviembre de 1.993, bajo el N° 8, tomo 100-A; en contra de los ciudadanos CLARET SUAREZ y el ciudadano EULICES GIL MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.843.424 y V-5.052.200, DECLARA:
UNICO: EL LEVANTAMIENTO DE LA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada en el juicio sub litis sobre el inmueble constituido por un local comercial, distinguido con el N° PAA-7-10, ubicado en.....