PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se HOMOLOGA la Transacción celebrada entre el ciudadano JOSÉ MANUEL RAMOS GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 11.252.254 asistido por la abogada en ejercicio YOSMARY RODRÍGUEZ MELENDEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.109.562 y la Sociedad Mercantil CONSTRUTECZ, C.A en su condición de parte demandada representada por el abogado en ejercicio OTTO NAVEDA RINCON, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro.171.865.
SEGUNDO: SE OTORGA CARÁCTER DE COSA JUZGADA.
TERCERO: Se declara TERMINADO el presente asunto y se abstiene de ARCHIVAR hasta tanto conste en actas el cumplimiento total del acuerdo transaccional objeto de homologación.-
CUARTO:.....