D I S P O S I T I V O
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
• LA REPOSICIÓN de la presente causa de PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL seguido por la ciudadana MARYLENA VOLANTE contra del ciudadano OSMAN JESUS OCHOA, ya identificados en la parte narrativa de este fallo, al estado de nombrar NUEVO DEFENSOR JUDICIAL A LA PARTE DEMANDADA en el presente juicio, y una vez que conste en actas la designado, aceptado y juramentación de ley respectiva, comenzara a transcurrir el lapso de Promoción de Pruebas en la presente causa, a fin de que las partes ejerzan su derechos de defensa en la causa que nos ocupa. En consecuencia se deja sin ningún efecto las actuaciones procedímentales posteriores a la presentac.....